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Los agricultores y ganaderos pueden solicitar las ayudas destinadas a fomentar la jubilación anticipada

Publicado por
Ical
Soria

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Los agricultores y ganaderos de Castilla y León que se encuentren interesados en las ayudas para fomentar la jubilación anticipada, cuya orden recoge hoy el Bocyl, tiene de plazo para presentar la solicitud hasta el 29 de julio, en las dependencias de la Consejería de Agricultura y Ganadería o vía telemática a través des la página web de la Junta de Castilla y León.

En concreto, según informan desde UCCL, deben reunir los siguientes requisitos: Haber cumplido 55 años de edad en el momento de la solicitud; haber ejercido la actividad agraria durante los diez años anteriores a la cesión; haber cotizado a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social durante un período previo tal que les permita completar al cumplir los 65 años al menos 15 de cotización; estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social; abandonar definitivamente la actividad agraria y, finalmente, la explotación deberá mantenerse íntegra hasta su transmisión, excepto en el caso de abandono de la producción láctea.

Si las solicitudes presentadas superan las disponibilidades presupuestarias, en función de los datos que figuran en las solicitudes de ayuda, se procederá a la priorización de las mismas aplicando los criterios de valoración. Una vez priorizadas las solicitudes presentadas, las consideradas como prioritarias, a partir de la publicación en el Bocyl de la relación nominal pertinente, pueden presentar la documentación complementaria correspondiente.

Aunque resulta difícil calcular las peticiones que pueden presentarse, todo parece indicar, en opinión de la Unión de Campesinos de Castilla y León (UCCL), que puede existir una buena receptividad por parte del sector a esta línea de ayudas. Por este motivo, y para ajustar las concesiones al presupuesto, se aplicarán los siguientes criterios de valoración: Que el cesionario reciba ayuda de primera instalación, cinco puntos; que la explotación del cedente se haya acogido al programa de abandono de la producción láctea, cuatro puntos, y que el cedente tenga un censo de ovino-caprino al menos de 75 reproductoras, cuatro puntos.

Cuando el cedente declare en la Solicitud Única de la PAC utilizada para la tramitación del expediente de jubilación anticipada una superficie de patatas se valorará entre 0,5 y 1,5 hectáreas, tres puntos; entre 1,5 y 5 hectáreas, dos puntos; y más de cinco, un punto. La edad del cedente en la fecha de la finalización del plazo para presentar la solicitud, puntuará entre 2,5 puntos (64 años) y 0,1 puntos (55 años); si el cesionario es joven agricultor o sociedad con al menos un socio joven, 1,5 puntos: si se cede en propiedad la totalidad de la superficie propia de la explotación, un punto; si el cedente no tiene en su explotación trabajadores por cuenta ajena, 0,5 puntos, y a igualdad de puntuación se priorizará por la fecha de nacimiento del cedente (de mayor a menor).

Los importes de las ayudas que se otorgan con dicho concepto son las siguientes una indemnización anual, con actualización cada año, de 8.822,26 euros si el cónyuge del titular no percibe la ayuda por trabajador, y de 8161,28 euros, si el cónyuge del titular percibe la ayuda por trabajador. Se incrementará en 500 euros si la explotación se transmite a un joven que se instala. Además, existe una prima anual complementaria de 106,18 euros por hectárea tipo de explotación transmitida a un cesionario, sin exceder de 3.000 euros por beneficiario, y se incrementará si el cedente transmite en propiedad al cesionario su explotación propia.