Más de 11.000 personas rechazan prolongar la vida de forma artificial
En 2018 descendieron un 13% los peticionaros del registro del testamento vital / Las mujeres son las que más se interesan a la hora de ejercer este derecho
El registro de instrucciones previas permite decidir en vida el destino del propio cuerpo y sobre todo da la opción de marcar pautas sobre los cuidados y tratamientos médicos que se aceptan o rechazan ante una enfermedad considerada terminal y de pronóstico irreversible. El registro cumplió una década el año pasado y ya son 11.019 los castellanos y leoneses que han querido poner por escrito su testamento vital. Solo en el último año, 2018, se formalizaron 1.272 en toda la Comunidad lo que supone un descenso del 12,9% con respecto a 2017.
Esta opción permite decidir aspectos como que no se dilate la vida por medios artificiales, tales como técnicas de soporte vital, medicación o alimentación artificial, o que se suministren los fármacos necesarios para paliar al máximo el malestar del paciente, sufrimiento psíquico y dolor físico causados por la enfermedad, con un matiz importante, «aún en el caso de que puedan acortar mi agonía», señala el modelo de documento de instrucciones previas de Castilla y León, que es el que debe rellenar la persona que quiera formular de forma documental sus deseos sobre la atención médica. No se trata de una eutanasia activa, ahora que el debate se ha abierto con fuerza de nuevo, pero sí de fijar las voluntades para cuando ya no sea posible expresarlas.
«El cien por cien de los casos se hacen porque no quieren métodos artificiales» que prorroguen la vida cuando se padece una enfermedad que ya no tiene curación, siempre bajo el diagnóstico de los médicos, destaca el notario José Manuel Benéitez. Se da la circunstancia de que existen tres procedimientos posibles para formalizar un documento de instrucciones previas, bien en el notario, bien ante tres testigos –de los que al menos dos no deberán tener relación de parentesco hasta el segundo grado ni estar vinculados por relación patrimonial u otro vínculo obligacional con el otorgante– o bien con personal al servicio de la Administración. Según la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, esta última es la opción más elegida por los otorgantes en el año 2018, una tónica que se viene repitiendo en los últimos años.
El número de voluntades anticipadas formalizadas el año pasado en Castilla y León fue de 11.019, y junto con Soria las únicas provincias que aumentaron respecto al ejercicio anterior fueron Salamanca (1.470, un 6,9% más), Segovia (459, un alza del 10,5%) y Zamora (530 y una subida del 3,2%). La provincia donde más descendió el número de documentos inscritos este último año fue Valladolid con un 32,8% menos que doce meses antes.
Según expone el informe del Sacyl hasta el año 2018, Valladolid, León y Burgos son las provincias que tienen más otorgantes de este documento con el 26,4%, 19,4% y el 18,4% de los documentos inscritos respectivamente. Relativizando respecto a la población de 18 o más años de cada provincia, las tres provincias anteriores son las que tienen un mayor número de documentos de instrucciones previas inscritos. Valladolid y Burgos tienen alrededor de 7 documentos por cada 1.000 habitantes, siendo en Castilla y León la media de 5,3 documentos.
De los tres procedimientos posibles para formalizar un documento de instrucciones previas: ante notario, ante tres testigos o ante personal al servicio de la Administración, fue esta última la opción la más elegida por los otorgantes en el año 2018, al igual que en los últimos años. Los documentos inscritos en el año 2018 y formalizados ante personal al servicio de la Administración suponen un 68,8% respecto al total (875 documentos). Le siguen los que se formalizaron ante testigos (un 16,8%) y los que se realizaron ante notario (un 14,4%). Con respecto al año anterior, ha aumentado en el número de documentos de instrucciones previas que se han realizado ante notario (10,3%), disminuyendo en el caso las presentadas ante testigos (-34,2%) y ante personal al servicio de la Administración (-11,4%). Del total de documentos inscritos en el Registro desde que éste se puso en marcha, más de la mitad se formalizó ante personal al servicio de la Administración (lo que supone 6.463 documentos). Este procedimiento es el más frecuente a partir del año 2012 en que se designó personal de la Administración a tal efecto en todas las provincias de la Comunidad. Ante testigos se formalizaron 2.975 documentos (27,0%) y ante notario 1.581 documentos (14,3%).
Además de decidir sobre el cuidado y tratamientos médicos, el testamento vital permite determinar qué hacer con los órganos y su posible donación. «Es lo segundo más frecuente», puntualiza el notario, así como marcar el destino del cuerpo. Asimismo, es designado un representante par que se encargue de hacer cumplir las instrucciones expresadas, en el caso de que el paciente se vea imposibilitado para expresarse.
Benéitez explica que el perfil de quien opta por formalizar su testamento vital es una persona sana, con edades comprendidas entre los 50 y 60 años. «Generalmente se trata de alguien que ya ha vivido una situación de este tipo en la familia y no quiere que a él le pase lo mismo», concreta, y apunta sobre todo a las mujeres. Las cifras que maneja la Consejería de Sanidad indican que son 206 féminas las que han formalizado su testamento vital frente a 121 hombres. Esta tendencia es general en el conjunto de la comunidad autónoma. Del total de documentos inscritos en el registro desde 2008, son de mujeres 7.125 (64,7%) y 3.894 son hombres (35,3%). Concretamente, en el año 2018 se decidieron a dar este paso 836 mujeres (65,7%) y 436 hombres (34,2%).
En cuanto a la media de edad, los otorgantes con menor media proceden de Zamora cono 57,9 años, León y Palencia con 58 años, y los que presentan una media de edad superior proceden de Salamanca, con 60,8 años, y Soria con 60,7 años.
Para que un documento de instrucciones previas se considere como tal debe contener, como mínimo, indicaciones sobre los cuidados o tratamientos médicos que se aceptarían o rechazarían si se estuviera en determinadas situaciones clínicas, en general con un pronóstico irreversible y que evolucionará hacia la muerte en un periodo más o menos cercano, e indicaciones sobre el destino del cuerpo o de los órganos una vez llegado el fallecimiento.
En el año 2018, la mayoría de los documentos recogieron de manera conjunta instrucciones, tanto respecto a los cuidados y tratamientos sanitarios como al destino de sus órganos y cuerpo una vez fallecidos. Concretamente, en el conjunto de la comunidad autónoma figuran ambas disposiciones en 1.035 documentos, el 81,4% del total.
Sin embargo, 236 documentos inscritos, el 18,6%, únicamente contienen referencia a los cuidados y tratamientos médicos como por ejemplo, que no se apliquen técnicas sanitarias o tratamientos que prolonguen artificialmente la vida cuando a juicio del médico no haya expectativas de recuperación, que se adopten las medidas necesarias para paliar al máximo el sufrimiento, etc.
Por otro lado, solo un documento, el 0,1% del total, solo recogían instrucciones sobre cómo actuar al fallecer, tanto en relación al destino de los órganos (por ejemplo el deseo de donarlos para trasplantes, donar el cerebro para la investigación, etc.), como al destino del cuerpo.
Esta distribución se observa también en los documentos inscritos desde el año 2008, donde el 79,8% recogen instrucciones en ambos sentidos, el 19,9% solo sobre los cuidados y tratamientos, y el 0,3% recogen indicaciones solo en relación al destino del cuerpo o de los órganos.