Castilla y León entra en una «nueva normalidad» sin fiestas municipales
La Junta y la FRMP recomiendan la suspensión de cualquier celebración por el «elevado riesgo que conlleva no poder garantizar la seguridad» / Vuelve el consumo en barra y ocio nocturno, pero con limitaciones
Un verano sin fiestas patronales. La Junta de Castilla y León y la Federación Regional de Municipios y Provincias (FRMP) recomendaron ayer a todas las entidades locales, por unanimidad, «la cancelación de todas las fiestas públicas en Castilla y León, fiestas patronales o celebraciones», ante la inminente entrada, el próximo lunes, en la «nueva normalidad».
Así lo anunció el vicepresidente del Ejecutivo autonómico, Francisco Igea, en la rueda de prensa de presentación del ‘Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19’, –una medida normativa «necesaria» de 49 páginas, ante el decaimiento mañana 21 de junio del estado de alarma, basada en los modelos de otras comunidades como son Galicia o Cantabria–.
Una decisión que se acordó con un respaldo unánime, siendo «una de las medidas más desagradables de tomar», según reconoció el número dos regional, aunque también añadió que «este año no hay mucho que celebrar». Por el momento, la propuesta no es más que una recomendación, aunque el vicepresidente afirmó que el Gobierno «puede decretar cualquier prohibición por motivos sanitarios».
A pesar de que poseen esta herramienta, Igea confió en «la responsabilidad individual, la coherencia y el consenso». «El plan no basa sus esperanzas en el poder coercitivo, sino en la conciencia de riesgo y responsabilidad de nuestros conciudadanos, y estamos seguros de así va a ser», dijo el miembro de Ciudadanos. «Somos muy conscientes de que los primeros interesados son los propios alcaldes porque nadie quiere volver al escenario de hace escasas semanas», apostilló, a la vez que hizo un llamamiento «a la prudencia y cautela» que tan buenos resultados ha dado.
Un argumento que hiló con la posibilidad de contar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los policías municipales y los inspectores de la propia Junta para vigilar su cumplimiento, así como la existencia de un régimen sancionador, con multas de hasta 12.000 euros, aunque se mostró convencido de que no se necesitará porque todos son conscientes de la dificultad que supone celebrar eventos donde el aforo es difícilmente controlable.
De esta forma, las hogueras del día de San Juan quedan prohibidas, al tratarse de celebraciones incontrolables, que fomentan las reuniones espontáneas. Del mismo modo, los encierros se deberán suspender «al no poder mantenerse la distancia de seguridad», aunque las corridas de toros sí podrán celebrarse en las plazas, –sin fiestas, adscritas a ellas–, con un control del aforo de hasta el 75% y butacas preasignadas.
Verbenas, romerías y similares también entran dentro de la recomendación de cancelación de la Junta y la FRMP. El vicepresidente aseguró que «un relajamiento de esas medidas puede provocar un foco de infección y puede conllevar a que nos veamos obligados a tomar medidas de cierre, confinamiento».
Una cuarentena o restricciones más acotadas geográficamente, como las implantadas en Miranda de Ebro antes del decreto del estado de alarma, gracias a la Ley Orgánica de Salud de Castilla y León 3/1986, de 14 de abril, donde podrán, dentro del ámbito de sus competencias, adoptar las medidas previstas en la propia Ley, cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad.
El nuevo plan de prevención será evaluado cada semana, para conocer el impacto de las medidas y la situación epidemiológica. Así, el vicepresidente Francisco Igea recomendó a los castellanos y leoneses que eviten los viajes innecesarios y el transporte público colectivo.
CULTURA. Uno de los sectores más golpeados durante esta crisis sanitaria ha sido el cultural. Los museos y salas de exposiciones podrán acoger tanto las visitas del público a la colección y a las exposiciones temporales como la realización de actividades culturales o didácticas, siempre y cuando no superen el 75% del aforo permitido para cada una de sus instalaciones.
Esta barrera de concurrencia se aplicará también en eventos como «actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos y, en general, programas públicos», así como en los monumentos u otros equipamientos culturales accesibles.
En esta «nueva normalidad» la utilización de mascarilla y distancia interpersonal será de obligado cumplimiento, por ello, todas las salas o recintos deberán informar de las medidas preventivas a sus visitantes. Así mismo, los grupos para entrar en las salas de exposiciones serán de un máximo de hasta 25 personas, incluido el monitor o guía.
Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán desarrollar su actividad, contando con butacas preasignadas, siempre que no superen. , igual que en las salas expositivas, el 75% del aforo permitido. En el caso de otros recintos destinados a espectáculos podrán desarrollar su actividad siempre que el público permanezca sentado y que no se supere el 75% del aforo permitido, con un límite máximo de 500 personas para lugares cerrados y de 1.000 al aire libre.
COLECTIVOS ARTÍSTICOS. Cuando haya varios artistas de forma simultánea en el escenario, la dirección artística procurará que se mantenga la distancia interpersonal de seguridad en el desarrollo del espectáculo. En los que no se pueda mantener la separación, ni usar equipos de protección adecuados al nivel de riesgo, como es el caso de aquellos en los que intervengan actores y actrices, se atenderá a medidas de seguridad diseñadas para cada caso particular.
En el caso de los rodajes, los equipos se reducirán al mínimo imprescindible. Podrán realizarse rodajes en estudios y espacios privados, así como en espacios públicos, siempre que cuenten con la correspondiente autorización del ayuntamiento y tras la evaluación de riesgos laborales y la adopción de las medidas preventivas correspondientes.
DISCOTECAS. A partir del próximo lunes podrán reabrir al público los locales de discoteca y salas de fiesta para consumo en el interior del local o en terraza. Eso sí, siempre y cuando no superen un tercio del aforo, el consumo dentro de la instalación se haga en barra o las mesas que podrán poner en la pista de baile. Del mismo modo, los bares de ocio nocturno deberán deberá limitar el volumen de la música hasta que permita la conversación a distancia interpersonal de 1,5 metros sin necesidad de elevar la voz.
En los pubs, karaokes, bares especiales o con otra determinación, se aplicarán las normas de consumo dentro del local, con los mismos decretos que las discotecas o salas de fiestas, y un 75% de su aforo. Además, también tendrán que ventilar la instalación de forma completa al inicio y final de cada sesión de su actividad.
ACTOS RELIGIOSOS Y BODAS. El uso de mascarilla en la entrada y salida del recinto y en los desplazamientos en el interior entre espacios comunes será obligatoria. Así, se organizarán las entradas y salidas para evitar aglomeraciones de personas, como se viene haciendo, en los accesos e inmediaciones de los lugares de culto y se limitará al menor tiempo posible la duración de los encuentros o celebraciones.
En cuanto a los coros, se debe evitar su actuación, si no se quiere prescindir de ellos deberán situarse a más de 4 metros de los asistentes y mantener distancias interpersonales entre los integrantes.
Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, pero también se establece un aforo máximo del 75% en estos establecimientos. La participación en la comitiva para el enterramiento se restringe a un máximo de 75 personas, además de, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto.
En el caso de las bodas, si se celebran en lugares de culto deberán el aforo y las medidas de higiene de cada uno. Si se desarrollan en otro tipo de instalaciones, el acto tendrá un 75% del aforo o, en todo caso, un máximo de 250 personas en espacios al aire libre o de 150 personas en espacios cerrados.
Las celebraciones que pudiesen tener lugar tras la ceremonia en establecimientos de hostelería y restauración se ajustarán a las condiciones y al aforo previsto para la prestación del servicio en estos establecimientos, con un 75% del aforo interior y un 80% en terraza, con una ocupación máxima de 25 personas por mesa o agrupación de mesas.
PARQUES Y CENTROS INFANTILES. Los parques infantiles, zonas deportivas, pistas skate o espacios de uso público al aire libre similares también podrán utilizarse, siempre y cuando se respete un aforo máximo estimado de una persona por cada cuatro metros cuadrados de espacio computable de superficie del recinto. Deberán aplicarse las medidas de higiene y prevención establecidas, especialmente en lo que se refiere a proceder diariamente a la limpieza y desinfección.
Las guarderías, para niños de 0 a 3 años, abrirán a un tercio de su aforo con la prohibición de utilizar elementos de difícil desinfección. Además, se regirán por las condiciones que decrete la Consejería de Educación, teniendo en cuenta las medidas sanitarias previstas en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio.
SERVICIOS SOCIALES. Permanecerán cerrados, hasta que la Junta de Castilla y León decrete su apertura, los centros de día de atención social destinados exclusivamente al ocio para personas mayores. Los comedores sociales abrirán al 75% de su aforo máximo , igual que los centros jóvenes, las escuelas de formación en el tiempo libre. Residencias y demás centros se regirán por la Guía de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades pautada para su desescalada interna.