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Lucas Hernández y su expareja, condenados por maltrato

El futbolista del Atlético de Madrid y Amelia de la Ossa cumplirán una pena de 31 días de trabajos comunitarios

El futbolista Lucas Hernández y su expareja Amelia De la Ossa en una imagen del juicio del pasado día 21 de febrero-JUAN CARLOS HIDALGO

Publicado por
AGENCIAS
Soria

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El Juzgado Penal 35 de Madrid ha condenado al futbolista delAtlético de Madrid Lucas Hernández y a su expareja, Amelia de la Ossa, a una pena de 31 días de trabajos comunitarios por sendos delitos de maltrato en el ámbito familiar por la pelea que protagonizaron el 3 de febrero en plena calle.

El juzgado les impide además acercarse o comunicarse por cualquier medio con el otro durante el tiempo de seis meses y les prohíbe portar armas durante un año y un día.

A Amelia de la Ossa también la condena por un delito leve de daños, por lo que debe pagar una multa de 180 euros.

La Fiscalía pedía de siete meses de prisión por violencia machista para Lucas Hernández y cuatro para Amelia de la O. por un delito de maltrato en el ámbito familiar, así como dos meses más para ella por un delito de daños en el vehículo del futbolista.

ABIERTA A RECURSO

La sentencia, que puede ser recurrible en apelación ante laAudiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días, considera un hecho probado que Lucas Hernández y su pareja se "agredieron mutuamente" en la pelea que tuvo lugar la madrugada del 3 de febrero de 2017 en la vía pública, que motivó la denuncia deAmelia de la Ossa a la Guardia Civil y el arresto de ambos.

Asimismo, indica que ella le agredió a él con una cartera y rayó "de forma intencionada" parte del vehículo; mientras que él la agarró "fuertemente" por la cintura y en el forcejeo le "propinó golpes en la región costal, espalda, mandíbula y labio".

La sentencia relata las versiones de ambos e indica que los mensajes telefónicos aportados por el abogado de Lucas Hernández no aportan "nada relevante" y tan solo acreditan la "previa situación de enfrentamiento" entre la pareja.

El juez valora que en ambos casos carecen de antecedentes penales ni circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y estipula que ambos se mostraron conformes a la penas de trabajos en beneficio de la comunidad.

El juicio tuvo lugar el pasado 21 de febrero en el Juzgado de lo Penal número 35 de Madrid, especializado en violencia de género, al que remitió la causa el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Majadahonda (Madrid), que conoció los hechos y decidió no aceptar la decisión de los dos acusados, que acordaron no denunciarse mutuamente.