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Segarra no sancionará al fiscal que acusó a sus compañeros del Supremo de "construir" el relato del 'procés'
La Inspección rechaza la responsabilidad disciplinaria del fiscal delegado de Medio Ambiente en Madrid, que fue denunciado por una asociación gremial
La Inspección Fiscal ha acordado el archivo, por "inexistencia de indicios racionales de responsabilidad disciplinaria", de un expediente iniciado a raíz de la denuncia de la Asociación de Fiscales (AF) contra el delegado de Medio Ambiente de Madrid, César Estirado, por dos mensajes que éste publicó en Twitter acusando a los fiscales del 'procés' de "construir relatos artificiales vulnerando derechos" por sus acusaciones contra los líderes independentistas.
Según el decreto de archivo, al que ha tenido acceso Europa Press, en este caso no procede la incardinación de los hechos en los artículos del Estatuto Fiscal que califican como faltas graves la de desconsideración respecto de jueces y fiscales y la ausencia de respeto con publicidad, ambas previstas en el artículo 63 del Estatuto Fiscal.
Para el fiscal inspector Fausto Cartagena, que firmó el decreto de archivo el pasado 12 de diciembre, los mensajes de Estirado "no revisten claros caracteres de irrespetuosidad y de que se pretendiera con ellos menospreciar" a los fiscales del Tribunal Supremo. Su decisión puede ser objeto de recurso de reposición e incluso de recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ).
IMPARCIALIDAD EN ENTREDICHO
Añade no obstante el inspector que la ausencia de tipicidad disciplinaria de la conducta denunciada "es independiente de la valoración que desde un punto de vista no estrictamente jurídico el comentario de los cortos mensajes pueda merecer", por cuanto que los fiscales no deben manifestar opiniones que puedan poner en duda la imparcialidad de los integrantes del Poder Judicial o la Fiscalía.
Los mensajes publicados por Estirado en su cuenta de Twitter el pasado 12 de octubre, dos días antes de que se conociera la sentencia del 'procés', decían lo siguiente: "Por una parte, es cierto que la prudencia invita a esperar cuánto hay de base real en las imputaciones de terrorismo contra los detenidos en Cataluña, si queda en los titiriteros o en algo serio".
Pero también es verdad que la prisión injusta de los líderes independentistas acusados de un alzamiento violento manifiestamente inexistente, invitan a extremar las desconfianza desde un movimiento independentista plenamente democrático, y les cuesta, es lógico, esperar con más prudencia. Es lo malo de construir "relatos" artificiales vulnerando derechos".
DENUNCIA DE UN VOCAL DEL CONSEJO
El asunto fue sacado a colación por uno de los vocales electos de AF en el Consejo Fiscal del pasado 14 de noviembre, que efectuó una exposición solicitando la intervención de la Inspección Fiscal para que se pudiera valorar si las críticas de Estirado "pueden llegar a afectar no ya sólo a su honorabilidad profesional, sino también a la confianza misma en la justicia que es uno de los pilares existenciales del Estado de Derecho".
El exceso cometido, según la queja de la AF, se producía sobre todo en el fragmento final de los mensajes, en los que Estirado alude a la acción de los fiscales adscritos a la causa del 'procés' reprochando que hubieran construido "relatos artificiales vulnerando derechos".
Con esta frase, según los vocales de la AF, "se está diciendo que los compañeros de la Fiscalía que pidieron la prisión y lo que formularon las conclusiones provisionales y las elevaron a definitivas construyeron intencionadamente un relato artificial vulnerando derechos", y en consecuencia los magistrados del Supremo se hicieron también partícipes de dicho relato inexistente.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
En su resolución, el instructor recuerda que los fiscales, al igual que los jueces y los magistrados, gozan del derecho de expresar libremente sus ideas y opiniones, si bien el ejercicio de este derecho "se encuentra sometido a determinadas restricciones dimanantes de las obligaciones que impone su propio régimen estatutario y la necesaria imagen de imparcialidad que deben transmitir a la sociedad", de manera que este derecho no puede concebirse como absoluto.
Igualmente, alude a que en el Código Ético del Poder Judicial se hace referencia a las redes sociales al entender que éstas constituyen un vehículo de información y relación social de utilización masiva, y hay que tener en cuenta los riesgos que esto genera aún sin identificarse como jueces y fiscales.
Sin embargo, en el caso de Estirado la Inspección entiende que incorporó sus mensajes a la red social Twitter sin identificarse como fiscal aunque reflejando su nombre, y ninguno de los órganos de gobierno, ni de la Fiscalía General del Estado ni del Tribunal Supremo formularon queja alguna.
La Inspección concluye la propia denuncia de la Asociación de Fiscales, al analizar el texto de los mensajes denunciados, considera que expresiones como "prisión injusta", "alzamiento violento manifiestamente inexistente" están amparadas en la libertad de expresión; mientras que la referida a la construcción de un "relato artificial" por parte de los fiscales del caso no contiene "una crítica de sobresaliente gravedad" que justifique siquiera la apertura de un expediente disciplinario, razón por la que archiva el expediente.