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TRIBUNALES

El Juzgado archiva de forma provisional la causa del proceso de adjudicación del parking

"De la declaración del Sr. García Domínguez extraemos que su denuncia se basa en intuiciones y elucubraciones que no pueden, por sí, dar sustento a una causa penal", expone el auto del Juzgado

Parking del Espolón y Mariano Granados.-VALENTÍN GUISANDE

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Soria

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Soria ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa del proceso de adjudicación de las obras del parking de Mariano Granados y El Espolón. Contra esta resolución cabe recurso. 

Así se desprende de un auto dictado por este órgano judicial con fecha 9 de junio de 2015 al que ha tenido acceso DIARIO DE SORIA / EL MUNDO.

En el apartado de Fundamentos de Derecho se argumenta que "de lo actuado no aparece debidamente justificada la  perpetración de los delitos que han dado motivo a la formación de la causa, por lo que procede decretar el sobreseimiento provisional de las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1º y en el artículo 779.1.1ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".

"Examinado el escrito presentado por el Ministerio Fiscal en solicitud de sobreseimiento provisional, hemos de mostrar nuestra plena conformidad con sus exhaustivos argumentos", prosigue el auto firmado por la jueza Raquel Nieto. "El ministerio público ha ido desgranando en su informe los distintos tipos penales respecto de los que, a raíz de la denuncia presentada por don Enrique García Domínguez y posterior querella de Izquierda Unida, pudiere haber indicios de perpetración por parte del Ayuntamiento de Soria o de alguno de sus miembros (prevaricación, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales y alteración de precios en concursos y subastas públicas), indicios cuya presencia ha ido descartando".

El Juzgado expone que "poco más podemos añadir a su examen jurisprudencial y fáctico de los hechos que hacemos nuestro, y damos por reproducido en ánimo de no ser reiterativos". "Sí cabe precisar que al cumplimiento de la normativa a lo largo de todas las fases del expediente administrativo, copia del cual fue remitido a requerimiento de este Juzgado por el Ayuntamiento, se une el que ni Izquierda Unida, ni el denunciante, que fue concejal por dicho partido desde junio de 2007 hasta junio de 2011, hicieron manifestación o alegación alguna, ni mostraron ningún tipo de oposición en los trámites de información pública". 

"Tampoco consta que hayan iniciado acciones ante la jurisdicción contencioso-administrativa. En cambio, de la declaración del Sr. García Domínguez extraemos que su denuncia se basa en intuiciones y elucubraciones que no pueden, por sí, dar sustento a una causa penal", expone la jueza. "Reconoció el Sr. García Domínguez que, “fase por fase, el proceso, está aparentemente bien, pero irregularidad tras irregularidad, conduce a pensar que el proyecto se ha aprobado sin ser viable”. Como decíamos, aun cuando ello pudiera ser cierto, como también que hubiera habido filtración de información confidencial a favor de la empresa Riosa, S.L. por parte de algún miembro del Ayuntamiento o, simplemente, aun cuando pudiéramos estar ante una mala gestión municipal, el proceso penal se basa en indicios ciertos de delito y, a la postre en pruebas, no bastando las meras intuiciones o sospechas no refrendadas por aquéllos; todo lo cual conduce, como decíamos, al sobreseimiento provisional de la causa".