Sociedad
Soria ‘mece la cuna’ de las prestaciones por paternidad
La provincia presenta una tasa del 70% de concesiones, casi el techo nacional, habiéndose atendido 4.625 casos que suman 3,5 millones de euros
Con la despoblación constantemente en el retrovisor y con la tasa de nacimientos a la baja, como acuciante problema en la provincia, el número de prestaciones por permisos de paternidad en Soria mantiene su notable aceptación, aunque su evolución parezca revelar un proceso de estancamiento con pequeños dientes de sierra.
Con todo a lo largo de la década desde la entrada en vigor de esta cobertura, que se cumplirá este próximo mes , se han concedido un total de 4.625 prestaciones por un importe global cifrado en 3,5 millones de euros.
En lo que sí destaca la provincia es la tasa media de concesiones que se sitúa en el 70,5%. Es decir, menos nacimientos pero muchas más solictudes de prestaciones. Tanto 7 puntos por encima de la media regional que presenta un registro mucho más modesto, el 63,5%. Este dato, el último completo difundido y circunscrito a 2015, dejó en la provincia un total de 444 prestaciones, por un importe de 350.236 euros que se repartieron entre los 634 nacimientos habidos en el total de la provincia.
En lo que se refiere a 2016, el último dato facilitado esta misma semana apunta un total de 369 prestaciones y un reparto de 288.696 euros, entre enero y septiembre del año recientemente finalizado.
Los progenitores sorianos que se han acogido a este derecho, extensible a adopciones, acogimientos familiares y tutelas, han contemplado grandes cambios en su formulación. Tanto es así que hasta el 24 de marzo del 2007, el permiso de paternidad por nacimiento se limitaba a dos días. Algo que desde el pasado 1 de enero ha cambiado, habiendo pasando los días de ‘permiso’ de dos a cuatro semanas, algo que se visualizará en próximos informes.
La prestación por paternidad protege el derecho del trabajador a percibir un subsidio durante los días de suspensión del contrato de trabajo, o cese en la actividad, en caso de nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento.
Este derteho, según la Seguridad Social, que es quien se hace cargo del coste económico de las prestaciones y no el empresario, puede disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo con el empresario y es compatible e independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad.
En Soria la media de las prestaciones durante el último año completo analizado se situó en los 789 euros, casi 7 euros más por prestación que la dotación del año inmediatamente anterior. Este dato queda minusvalorado si la relación se establece con el año 2008, ejercicio en el que se dieron 772 nacimientos, el mayor número en la serie analizada, y 500 prestaciones. Por entonces la prestación media se fijó en 645 euros, 144 menos que en 2015. Apenas medio centenar de prestaciones más para 138 nacimientos más, de largo el techo de toda la serie analizada. El resumen, tal vez, de una evolución, la que explica lo bien que ha anidado este proceso en la provincia.
La visualización de esta tendencia se contabiliza claramente al acreditar Soria, con Navarra y País Vasco, uno de los porcentajes más altos de padres que piden la autorización en todo el país, algo que todavía se percibe con más claridad si la comparación se establece con otros territorios y autonomías.
Andalucia, Extremadura y Baleares están en las antípodas, con el menor número de demandas, sin llegar al 50% y casi 20 puntos por debajo de la realidad soriana que, a su vez, también está muy por encima de la media nacional, con una tasa del 57,1%.
Como parte de la explicación última de este fenómeno subyacen los requisitos que el Instituto Nacional de la Seguridad Social exige para poder acceder a las prestaciones. Entre ellos, el estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta. Asimismo, tener cubierto un período de cotización de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del período de suspensión o del permiso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a la mencionada fecha.