TRIBUNALES
La Audiencia ratifica la absolución de las acusadas de la guardería ‘El Trébol’
La sala desestima el recurso de apelación de la Fiscalía contra la sentencia absolutoria del Penal
La Audiencia Provincial de Soria ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Soria que absolvió a las tres técnicos y la directora de la guardería El Trébol de la capital, acusadas de 16 delitos, cuatro de trato degradante y 12 de malos tratos, y nueve faltas de vejaciones injustas, al considerar la titular del Juzgado de lo Penal de Soria que «no puede estimarse acreditados los hechos objeto de acusación».
La Audiencia Provincial de Soria recoge en los fundamentos de derecho de la sentencia hecha pública ayer que: «Ha existido una valoración de todas las pruebas practicadas, tanto a favor como en contra de lo pretendido por la acusación, si bien para la juez de instancia las pruebas de cargo no han alcanzado la suficiente relevancia como para enervar el principio de presución de inocencia que asiste a las acusadas».
La sala añade en la sentencia que: «Consideramos que no concurren los requisitos necesarios para apreciar la nulidad de la sentencia interesada por el Ministerio Fiscal, y este motivo del recurso debe desestimarse».
La Fiscalía solicitaba penas que sumaban catorce años de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación especial para desempeñar trabajos vinculados a la educación o cuidado de menores para las cuatro empleadas de la Escuela de Educación Infantil que, paralelamente, fueron expedientadas por la Gerencia Territorial de Servicios Sociales, de la que depende el centro.
En la resolución judicial, la juez considera probado que «el ambiente laboral dentro del centro de educación infantil era tenso, con enfrentamientos personales entre algunas de las técnicos que allí trabajaban, las encausadas, y en especial, a partir de la reincorporción a su puesto de trabajo de una de ellas tras una baja laboral en el año 2014».
En los hechos probados de la resolución, también se puntualiza que las tres técnicos acusadas se opusieron a que en el centro realizasen prácticas formativas las alumnas del IES Machado-Ciclo Formativo de Grado Superior de Educación Infantil.
Sin embargo, en el curso 2014-15, entre los meses de marzo a junio, realizaron prácticas en el centro tres alumnas del IES Machado de la capital que son las que inicialmente comunican los hechos que han sido juzgados.
Para la titular del Juzgado de lo Penal de Soria «no consta acreditado que entre los meses de marzo a junio de 2015» una de las técnicos acusadas en el patio de la guardería, teniendo a su cargo a los menores de 1 a 2 años de edad, le diera una bofetada a un menor, golpeara a otro en el hombro y en el culo, ni que le diera una colleja a otro.
Tampoco considera acreditado la juez que esta misma técnico utilizara de forma habitual «prácticas para forzar a comer a los menores, ni les gritara, ni les hiciera vomitar», ni que de «forma habitual y con ánimo despectivo o despreciativo, utilizara, respecto a los menores a su cargo, apodos o frases descalificativas».