INCUMPLIMIENTO
La CNMC expedienta a Repsol por la compra de Petrocat
La energética española podría haber incumplido los compromisos del marco de la operación de compra de Sociedad Catalana de Petrolis al no desprenderse de 23 gasolineras en Catalunya y Madrid
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado un expediente sancionador contra Repsol Comercial por haber incumplido hipotéticamente los compromisos del marco de la operación de compra de Sociedad Catalana de Petrolis (Petrocat).
En concreto, el organismo regulador afirma que existen indicios de que Repsol habría incumplido los compromisos de la sección C y de la sección E, recogidos en la Resolución del Consejo de la CNMC de 3 de abril deL 2014, cuando Repsol adquirió el control exclusivo de la catalana Petrocat.
En concreto, los compromisos de la sección C establecían una obligación de aprovisionamiento mínimo por parte de Repsol de producto (gasolinas y gasóleos) procedente de terceros operadores para la actividad de distribución de combustibles a través de las estaciones de servicio gestionadas por Petrocat en régimen de venta en firme y para la actividad de ventas directas.
Por su parte, los compromisos de la sección E obligaban a Repsol a enviar a la CNMC un informe con carácter anual sobre el grado de cumplimiento del compromiso de la sección C.
La CNMC afirma que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación, y añade que se abre ahora un periodo máximo de tres meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.
PROBLEMA CON LAS GASOLINERAS
En octubre de 2014 autorizó la propuesta de venta a terceros de la red de gasolineras de Petrocat hecha por Repsol, excepto en el caso de una estación de servicio.
En marzo, Repsol presentó una propuesta de requisitos para realizar la operación y en abril la CNMC detalló las condiciones impuestas para tomar el control de la compañía catalana.
Repsol debía desprenderse de 23 gasolineras -17 en la provincia de Barcelona, cuatro en la de Tarragona, una en la de Lérida y otra en Madrid- en cumplimiento de la ley de cuotas de mercado por provincias, así como permutar la de Font Freda con el objetivo de que se mantenga la presencia de un tercero con imagen propia.