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REFORMA LEGAL

El Congreso reduce las comisiones por pago anticipado de las hipotecas

La penalización máxima será del 0,25% en las de tipo fijo y del 2% en las de tipo variable. Los diputados pactan también la compensación entre bancos por robarse los créditos.

Protesta ante las puertas del Tribunal Supremo hace unos días por la decisión de este tribunal sobre el pago del impuesto de las hipotecas.-JOSÉ LUIS ROCA

Publicado por
P. ALLENDESALAZAR
Soria

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Pagar por adelantado las hipotecas será más barato. La mayoría de grupos parlamentarios ha pactado este martes una reducción de las comisiones por reembolso anticipado aún mayor de la fijada por el anterior Gobierno en su proyecto de ley de contratos hipotecarios. Como había propuesto el PSOE, los pagos adelantados en las hipotecas a tipo variable supondrán un coste del 0,25% en los tres primeros años del préstamo o del 0,15% en los cinco primeros años (banco y cliente tendrán que pactarlo al suscribir el crédito), frente al 0,5% y 0,25% propuesto hace un año por el ministro de Economía Luis de Guindos. Pasado esos plazos será gratuito. Para las hipotecas a tipo fijo, la comisión será del 2% en los 10 primeros años y del 1,5% en el resto, la mitad de lo que pretendía el anterior Ejecutivo.

Los bancos pueden cobrar una comisión por amortización anticipada para resarcirse de la pérdida financiera que les ocasionan las subrogaciones, pero esta se viene limitando desde hace años. Una ley de 1994 fijó un máximo del 1% y otra ley del 2003 bajó este tope al 0,5% para los préstamos otorgados a partir de entonces. El Congreso ha pactado ahora una reducción mayor y también ha fijado una comisión del 0,15% por cambiar la hipoteca de tipo variable a tipo fijo (sea en la misma entidad o cambiando el crédito a otro banco) durante los tres primeros años, frente al 0,25% que había propuesto el Gobierno de Mariano Rajoy.

INDEMNIZACIÓN ENTRE BANCOS

Como adelantó EL PERIÓDICO, la comisión de economía de la cámara baja también ha pactado la compensación que se tendrán que pagar entre las entidades por robarse hipotecas. La indemnización se calculará en función de los gastos de constitución del crédito que asuma el banco que concedió el crédito (el impuesto de actos jurídicos documentados, y la notaría, el registro y la gestoría) y de los intereses que queden por pagar (sin tener en cuenta el capital pendiente) en el momento en que el cliente pida cambiar la hipoteca de entidad.

Un ejemplo para explicarlo mejor: el banco A concede un crédito para la compra de vivienda que le supone unos costes de 40.000 euros. El cliente decide llevarse su hipoteca al banco B, que le ofrece mejores condiciones, cuando ya ha pagado el 50% de los intereses. El banco B tendrá que compensar al banco A por la pérdida con relación a los costes iniciales que le ocasionará no cobrar el 50% de los intereses restante: es decir, 20.000 euros. Como los intereses se pagan sobre todo en la primera parte de la vida de las hipotecas, cuanto más años hayan pasado la compensación será menor.

PENDIENTE

En cambio, los grupos parlamentarios no han conseguido pactar por tercera semana consecutiva una enmienda para que la ley no provoque una nueva oleada de desahucios cuando entre en vigor. Sin embargo, el portavoz socialista, Gonzalo Palacín, ha asegurado que "prácticamente" hay acuerdo y solo no se ha producido por una "cuestión de redacción" que esperan solucionar antes de que la comisión de economía vote la ley el próximo martes. La nueva norma va a endurecer los trámites para iniciar la ejecución de las hipotecas en caso de impago y en principio iba a tener efectos retroactivos.

El problema es que hay miles de desahucios paralizados a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determine si la normativa española todavía en vigor es abusiva. Su abogado general ya se ha pronunciado a favor de que todos estos procedimientos sean sobreseídos. Pero si la ley hipotecaria se cambia de manera retroactiva, se corre el riesgo de que los desahucios frenados que probablemente se consideren excesivos pasasen a estar justificados por la nueva normativa.

PLAZOS

Los grupos parlamentarios tienen previsto votar la norma el próximo martes en la comisión de economía, para que vaya a último pleno del Congreso del año, previsto para la semana antes de Navidad. De ahí irá al Senado, donde se tramitará de forma urgente en un mes, para volver después al Congreso para su aprobación definitiva. El objetivo es que esté en vigor a principios del año que viene. Buscan así evitar que la Unión Europea cumpla su amenaza de sancionar a España con 105.000 euros diarios por retrasarse en la trasposición a la legislación española de una directiva comunitaria que debería haberse incorporado en marzo del 2016.

Los partidos también han pactado que la ley entre en vigor un mes después de ser aprobada, salvo en tres artículos (los relativos a política de remuneración de los empleados bancarios, la actividad de asesoramiento en préstamos inmobiliarios y las condiciones para las variaciones en el tipo de interés) que entrarán en vigor tres meses después porque necesitan de un desarrollo reglamentario por parte del Ministerio de Economía.