BERLANGA DE DUERO
¿Quién pagó los recibos de la contribución?
Un joven barbero mata a su prima y hiere a su tío, ciego, porque éste reclamaba el alquiler de una casa y el pago de la contribución
Hay recibos municipales que se guardan como oro en paño. Así sucede con los de la contribución, especialmente cuando lo que anda en juego es el pago de los susodichos recibos o antiguas rencillas o vaya usted a saber qué asuntos familiares. Cualquiera de estas razones pudo aparecer en el trasfondo del crimen ocurrido en Berlanga de Duero el 2 de septiembre de 1906. La fallecida fue María Valdenebro Rodríguez, de 40 años, a manos de su primo hermano, Fructuoso Rodríguez Beltrán, que la agredió con un cuchillo en la parte posterior del costado hasta el pulmón derecho. La mujer acompañaba en la mañana de autos a su padre, Santos Valdenebro Núñez, sirviéndole de lazarillo mientras éste apelaba a la caridad pública por las calles del pueblo.
Horas antes, Santos había discutido con su cuñada, Saturia Beltrán González, por el asunto ‘de siempre’: 30 pesetas que según el ciego le debía por el alquiler de una casita que poseía, lo que continuamente andaba negando la mujer. La misma discusión se había producido también algunos días antes, cuando el ciego la llamó ‘tuna’, lo que afectó mucho a la mujer. La tragedia comienza a mascarse esa mañana del día dos cuando Fructuoso se entera de estas discusiones y sale a buscar a su tío cuchillo en mano. Lo encontró en la calle de Los Leones y le asestó varias cuchilladas en el cuello y en la espalda, tal y como recoge en ‘Crímenes y asesinatos en Soria’ José Vicente Frías Balsa.
La huida fue la única defensa de María, pero de nada le sirvió. Cuando se cansó de golpear al padre, Fructuoso salió detrás de su prima a la que alcanzó antes de los cien metros y agredió con el mismo cuchillo que había atacado a su padre. La mujer falleció poco después de ingresar en el hospital San Antonio, de Berlanga. Santos necesitó 14 días para que se curaran sus heridas, según el relato de los hechos que hizo el Ministerio Público.
Barbero de profesión, de niñez enfermiza, y de «figura raquítica», el procesado tenía 23 años aunque parecía más joven. Confesó que se había puesto ciego de ira cuando escuchó llorar a su madre y que los insultos eran injustos. Añadió que sus padres no le debían nada a Santos, ya que con el dinero de la renta pagaban la contribución y el resto se lo entregaban al ciego. Pero las versiones contrapuestas son lo habitual en un juicio y en éste no iba a ser menos: Santos Valdenebro negó todo lo anterior y aseguró que su cuñada nunca pagó la contribución ni le entregó el dinero de la renta. Fue él, dijo, quien pagó la contribución para evitar que el inmueble se vendiera y como prueba presentó los justificantes.
Santos Valdenebro dijo a la sala que conocía de antemano que iban a presentarse testigos que habían sido pagados por la parte contraria y reclamó Justicia al Tribunal para que el autor de la muerte de su hija fuera castigado. El testimonio de su cuñada Saturia fue el esperado: contradijo su versión diciendo que ella misma le había entregado los recibos al cuñado y también el dinero sobrante, ratificando así la versión de su hijo, sentado en el banquillo. El careo entre Saturia y Santos no llegó a ninguna conclusión ya que los dos mantuvieron de forma firme sus posicionamientos. Y tampoco aportaron nada las declaraciones del resto de testigos que comparecieron en el juicio, en el que actuaba como fiscal Felipe Gallo Díez. Mientras, la defensa se había encargado al joven letrado Maximino de Miguel. El informe pericial fue breve y sencillo; puso sobre la mesa la causa de la muerte de María: la herida por la espalda, y que el procesado sufría de raquitismo y caracteres de epilepsia. Y no se podía afirmar que sus facultades intelectuales fueran perfectas.
El informe contó con la participación del doctor Clavero del Valle y Jerónimo del Campo, que expusieron las heridas de cuchillo que presentaba la víctima, una en la región costal posterior que afectó a venas y arteras, y al pulmón derecho. Ya en la recta final del juicio, el fiscal no se entretuvo demasiado a la hora de resumir los hechos a la sala y reclamar la culpabilidad de Fructuoso Rodríguez Beltrán, ya que en su opinión el suceso era diáfano y no ofrecía «nebulosidades» de ningún tipo.
Bastante más larga fue la intervención del abogado defensor. Maximino de Miguel pidió al jurado que absolviera a su representado ‘agarrándose’ a la naturaleza enfermiza y a las deficiencias de su salud, pero no sólo. También dijo que el joven barbero había obrado así por arrebato guiado de modo irresistible por el cariño que sentía hacia su madre, la cual estaba sufriendo por el trato y las mentiras del ciego. La defensa recordó el informe de los peritos que conferían al procesado un «casi irresponsable espíritu», pero sus palabras no parecieron convencer mucho al jurado. Los debates concluyeron con un veredicto de culpabilidad. El acusado fue condenado a la pena de 12 años y un día de prisión correccional, y también a pagar 1.500 pesetas como indemnización al padre de la víctima, Santos Valdenebro, y también a hacer frente a la mitad de las costas del proceso.