Heraldo-Diario de Soria

TRIBUNALES

El juez retira el carné al alcalde de Almazán 8 meses por conducir ebrio

En el test de alcoholemia dio 0,53 y 0,49, después de despeñar su coche unos 100 metros en la SO-20

Estado en que quedó el vehículo tras salirse de la vía por el lado derecho el 7 de octubre. HDS

Estado en que quedó el vehículo tras salirse de la vía por el lado derecho el 7 de octubre. HDS

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MILAGROS HERVADA
Soria

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Soria condena al alcalde de Almazán, Jesús Cedazo, a la retirada del carné de conducir por periodo de ocho meses y dos días por circular ebrio. Le considera responsable de un delito contra la seguridad vial por conducción de vehículos a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas y le impone además una multa de 720 euros, en concreto una cuota diaria de seis euros durante cuatro meses, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. El PSOE exigirá el acta de concejal al alcalde de Almazán tras su condena.

Cedazo sufrió una salida de vía por el lado derecho con su vehículo en la SO-20, en la tarde del pasado 7 de octubre, «motivada por la ingesta» de alcohol, y se despeñó con su coche unos 100 metros, sin que resultase lesionado, según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso este medio, que incide en que conducía el vehículo «después de haber ingerido bebidas alcohólicas en tal cantidad que mermaban de forma muy significativa sus facultades psicofísicas con el consiguiente riesgo para el resto de usuarios de la vía pública».

Al lugar acudió la Guardia Civil de Tráfico quien le realizó pruebas de alcoholemia, y arrojó un resultado positivo de 0,53 y 0,49 miligramos de alcohol por litro de aire en las dos pruebas a las que fue sometido con el debido intervalo. «Informado de su derecho, el acusado renunció a contrastar el resultado mediante el correspondiente análisis», señala la sentencia, donde se recoge que «el acusado mostraba un aspecto externo de cansancio y agotamiento, vestido desarreglado con olor a alcohol, ojos brillantes, con notable capa de humedad, pupilas dilatadas, negándose a realizar las pruebas de deambulación para determinar si era capaz de mantener sus pasos sobre una línea recta de 3 metros, así como el signo de Romberg». En este test se solicita a la persona que se ponga de pie con ambos pies muy cercanos y los ojos cerrados para determinar si existe pérdida del equilibrio.

El acusado reconoció ante el juez los hechos que se le imputaban y manifestó su conformidad con la solicitud de su abogado, por lo que no fue necesario celebrar juicio y por parte de la jueza del Juzgado número 4 se dictó sentencia, que ya es firme y no cabe recurso, imponiendo la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por el periodo de ocho meses y dos días. Inicialmente, aunque la pena quedó rebajada al llegar a un acuerdo de conformidad, la Fiscalía había solicitado privación de este derecho durante un periodo de un año y tres días, así como una multa de 1.080 euros, calificando los hechos como constitutivos de un delito contra la seguridad vial del artículo 379 del Código Penal, que finalmente ha sido el recogido en el fallo de la sentencia, «sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad», matiza.

El Juzgado de lo Penal ha sido el responsable de la ejecutoria para hacer cumplir la sentencia. Tal y como ésta indica, y se ha puesto en conocimiento del Grupo de Investigación y Análisis de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (GIAT), así como de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Existen precedentes de cargos públicos que fueron investigados por conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida. En septiembre de 2016, la entonces vicepresidenta, consejera de Empleo y portavoz de la Junta de Castilla y León, Rosa Valdeón, presentó su renuncia irrevocable horas después de que se conociera que había triplicado la tasa de alcohol permitida al volante en un control realizado  por la Guardia Civil, tras protagonizar un incidente con un camión cuando circulaba por la A-6 en la provincia de Ávila. Antes del anuncio de su renuncia, la dirigente popular compareció en rueda de prensa para «pedir disculpas» por su «error e imprudencia». Dio 0,77 mg/l en la primera prueba y 0,72 en la segunda, cuando el máximo permitido es de 0,25 miligramos.

Del mismo modo, Inmaculada García Rioja dimitió de su cargo de procuradora por el PSOE, portavoz de Sanidad en las Cortes de Castilla y León, en octubre del año pasado tras dar positivo en alcoholemia. Iba conduciendo con una tasa de alcoholemia que triplica la cantidad máxima permitida.  La también número dos del PSOE de Zamora había dado 0,79 miligramos de alcohol por litro de aire expirado.

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