PRESUPUESTOS DEL ESTADO
El PSOE se autoenmienda los PGE para blindar las ayudas a Soria, Cuenca y Teruel
Incluye una propuesta como disposición adicional con las condiciones ya anunciadas para empleados y autónomos y sin noticias de la retroactividad a 1 de enero de 2022
Desde Soria el PSOE aseguró que no hacía falta incluir las ayudas de funcionamiento en el borrador de Presupuestos del Estado (PGE), pero de nuevo, en Madrid, la idea es otra. El grupo socialista en el Congreso ha presentado una enmienda a sus propios presupuestos en la que detalla la aplicación de las ayudas de funcionamiento –y las de autónomos– para Soria, Cuenca y Teruel con vistas a su inclusión en la Ley de Presupuestos como disposición adicional. La propuesta no introduce novedades con respecto a lo ya anunciado, pero no contempla la retroactividad a 1 de enero y tampoco establece límites por el tamaño de las empresas.
Todos, incluidos muchos miembros del PSOE, esperaban la publicación de un Real Decreto que estableciera la normativa. Sin embargo, la fórmula elegida ha sido a través de una enmienda a la ley de Presupuestos. Esta cuestión ya es importante porque define que la medida entrará en vigor a la misma vez que la ley de Presupuestos, es decir, el 1 de enero de 2023. Es la enmienda 4646, según la documentación publicada por el Congreso, y pretende añadir una disposición adicional a las cuentas que vendría a ser la número 81 y lleva por título Reducción de cuotas a la Seguridad Social en las provincias de Cuenca, Soria y Teruel.
En primer término la propuesta socialista explica que tendrán derecho a la reducción los trabajadores de empresas de las provincias de Soria, Cuenca y Teruel. Las reducción quedan establecidas en un 5% de la aportación empresarial por contingencias comunes a los trabajadores «cuya alta o variación de datos, con el contrato indefinido, se haya producido con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley». Es decir, se aplicará un 5% a todos los contratos indefinidos que estén activos a 31 de diciembre de 2022.
Luego explica las condiciones para acceder a un 15% o un 20% que reducción que son para los contratos indefinidos que se firmen después de la entrada en vigor teniendo en cuenta que el 15% se aplicará en las poblaciones de más de 1.000 habitantes y el 20% en las de menos de un millar de vecinos.
Para poder beneficiarse de las ayudas se marcan una serie de requisitos básicos. Entre ellos no haber sido inhabilitado para la obtención de subvenciones y ayudas públicas, no haber sido excluido del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de programas de empleo por la comisión de infracciones graves o muy graves no prescritas, estar al corriente en el cumplimiento de la obligaciones tributarias o estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
También queda establecido que para acogerse a las reducciones «se tendrá en cuenta la cifra oficial de población establecida por el INE...respecto del 1 de enero del año natural inmediatamente anterior al periodo de liquidación». Asimismo aclara los supuestos de sucesión de empresas o jubilación parcial y los mecanismos de control que realizará la Inspección de Trabajo.
Otro aspecto importante es que aclara que las reducciones se financiarán «con aportaciones del Estado» y serán a cargo de los presupuestos de la Seguridad Social. Es decir, el gasto lo asume la Seguridad Social, pero luego le pasa la ‘factura’ al Estado. Es lo que popularmente se conoce como gasto impropio de la Seguridad Social.
En el texto no hay referencia alguna a que la medida se aplique con carácter retroactivo, es decir que las reducciones empiecen a contar a 1 de enero de 2022.
La parte que hace referencia a las ayudas de los autónomos es similar. Simplemente se explica que tendrán una cuota única mensual de 80 euros durante 36 meses —tres años, siempre y cuando se mantenga la actividad en ese periodo. Además, añade que debe ser solicitada en el momento del alta y teniendo la posibilidad de renunciar a la misma.
En apenas 30 días la situación de las ayudas de funcionamiento ha cambiado radicalmente. Un breve repaso que se inicia en la presentación del borrador de Presupuestos para 2023 a principios de octubre sin referencia alguna a las ayudas, al que siguió la explicación socialista de que no era necesario que aparecieran por estar amparadas en la disposición adicional incluida en las cuentas de 2022.
El día 13 de octubre el presidente Pedro Sánchez, de manera sorpresiva, anuncia la aplicación de las ayudas que inmediatamente reciben críticas de empresarios y oposición por su poca ambición. Después llegó la visita de la ministra de Reto Demográfico, Teresa Ribera, comprometiendo la retroactividad y advirtiendo que no entraban los autónomos por pertenecer a otro régimen de cotización. Unos días después, también de forma sorpresiva, el ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, anunciaba ayudas para los autónomos con la extensión de la tarifa plana de 80 euros un año más de los dos que contempla la normativa. También recibió críticas.
Ahora, mientras se esperaba que la Seguridad Social terminara de redactar la normativa que daría sustento jurídico a las ayudas –todo apuntaba a un Real Decreto– el Gobierno vuelve a sorprender presentando una enmienda a sus propios presupuestos.