Heraldo-Diario de Soria

AGRICULTURA

Las cinco novedades de la PAC 2023

La nueva Política Agrícola Común entró en vigor el pasado 1 de enero con cambios profundos que afectan a unos 4.000 agricultores y ganaderos de Soria

Prototipo del tractor propulsado a metano presentado recientemente en Estados Unidos-- NEW HOLLAND

Prototipo del tractor propulsado a metano presentado recientemente en Estados Unidos-- NEW HOLLAND

Publicado por
I.LL.Y.
Soria

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La nueva Política Agrícola Común (PAC) que regirá el campo entre 2023 y 2027 entró en vigor el pasado 1 de enero con cambios profundos que afectan a alrededor de los 4.000 sorianos que pueden presentar la solicitud única hasta el próximo 31 de mayo, sin posibles prórrogas para esta campaña. Sí que podrán presentar una modificación de su solicitud, entre el 1 y el 15 de junio, y en caso de controles administrativos o por monitorización los beneficiarios podrán adaptar sus solicitudes hasta el 31 de agosto, sin sufrir ninguna penalización. Entre las novedades, destacan el incremento de los objetivos medioambientales a la hora de distribuir los fondos para las ayudas y un diseño en el que los Gobiernos tendrán más responsabilidad porque cada país decide cómo aplica esta política mediante un plan estratégico nacional.

Lo cierto es que la nueva PAC lejos de simplificar y de unificar normativa ha nacido con una Ley para la gestión de la nueva Política Agraria Común hasta 2027 y un total de dieciocho reales decretos para su aplicación en sus diferentes parcelas, desde las puramente económicas a las de carácter técnico, medioambiental o sectorial. Por ello lo que es claro es que la PAC es cada vez más compleja para los agricultores, con mayores exigencias y más controles.

Éstas son las principales novedades:

1.- Agricultor Activo: Estas ayudas sólo se concederán a los agricultores y ganaderos que cumplan la definición de Agricultor Activo, que son cumplir que el solicitante esté dado de alta en la Seguridad Social agraria por cuenta propia o que al menos que el 25% de sus ingresos totales procedan de la actividad agraria. Y si el año pasado se cobró de la PAC menos de 5.000 euros se considera en esta campaña Agricultor Activo.

2.- Ayuda a la Renta Básica para la Sostenibilidad: El régimen de pago básico vigente hasta la campaña 2022, se transforma para este periodo 2023 en dos ayudas: la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad y la ayuda complementaria a la renta redistributiva. Desaparece el régimen de pequeños agricultores. Además, se mantiene el sistema de derechos para percibir la ayuda. Cada derecho pertenecerá a una única región de las 20 a las que se han reducido este año. Un derecho sólo podrá activarse sobre una hectárea que pertenezca a la misma región. El valor y la región de los nuevos derechos se establece sobre la base de los derechos de pago básico existentes a 31 de diciembre de 2022, a través de un proceso de conversión. 

La transformación de los derechos de pago básico en derechos de ayuda básica a la renta se llevará a cabo en dos etapas. En primer lugar, una conversión provisional de los derechos de pago básico a los derechos de ayuda básica a la renta antes de comenzar la solicitud única de ayudas de la campaña 2023, para que los agricultores conozcan el valor y la región con antelación y puedan realizar las cesiones de derechos en esta campaña. Ya pueden consultarse los mismos. Posteriormente, se procederá a realizar la conversión definitiva de los derechos, que tendrá lugar antes del 1 de abril de 2024.

La transformación provisional de los derechos se basará en los datos de superficies declaradas en 2022, mientras que la transformación definitiva de los derechos se basará en las superficies declaradas en 2023.

3.- Ayuda Complementaria a la Renta Redistributiva: La ayuda redistributiva es un pago complementario a la ayuda básica, concedido a las primeras hectáreas de cada explotación según la región de ayuda básica a la renta a la que pertenezcan. Para poder acceder a esta ayuda, los agricultores deben tener derechos de ayuda básica a la renta. Sin embargo, el importe a percibir es independiente del número de derechos que posea y del valor de los mismos, ya que se percibirá en función de las primeras hectáreas subvencionables de su explotación.

4.- Convergencia: Los derechos seguirán teniendo una convergencia para su aproximación al valor medio de cada una de las 20 regiones, si bien en 2026 el valor de todo derecho deberá alcanzar, al menos, el 85% del valor medio regional y en 2029 alcanzarán la plena convergencia.

5.- Eco regímenes: Los eco regímenes son la principal novedad de la PAC 2023-27. Significa que el 25% de las ayudas serán para un conjunto de prácticas beneficiosas para el medio ambiente. Suponen una serie de prácticas medioambientalmente sostenibles de adscripción voluntaria de los agricultores por los cuales recibirán una serie de ayudas por hectárea. Son los siguientes: P1. Práctica de pastoreo extensivo, P2. Siega sostenible o establecimiento de islas de biodiversidad, P3. Rotación con especies mejorantes, P4 Siembra directa, P5. Espacios de biodiversidad, P6. Cubierta vegetal espontánea y sembrada y P7. Cubierta vegetal inerte.

Entre las prácticas ambientales que se priman figuran la rotación de cultivos y las obligaciones de barbecho, ahora interrumpidas, dentro de las medidas especiales aprobadas por la UE en reacción a la guerra de Rusia y Ucrania y a las estrecheces de oferta. La acogida a estos eco regímenes es voluntaria para el productor, que decidirá para qué parcelas de su explotación los solicita o no y bajo qué prácticas justifica su realización. Toda la superficie elegible de la explotación podrá acogerse a un eco régimen. 

La ayuda se percibirá por cada hectárea que se solicita y tiene que realizarse, al menos, una de las prácticas descritas para el eco régimen en cuestión, siendo sólo posible el cobro de una ayuda por cada hectárea solicitada, independientemente de que se realice más de una práctica sobre la misma hectárea. La comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos en cada práctica se realizará sobre el conjunto de parcelas en las que se haya declarado que se va a realizar esa práctica.

 

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