La capital
Un juzgado tumba la adjudicación del bar restaurante de Playa Pita
El Contencioso Administrativo anula el procedimiento del Ayuntamiento por no resolver recursos planteados por una empresa. Cabe recurso ante el TSJ en 15 días
El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Soria ha tumbado la adjudicación del bar restaurante Playa Pita y ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por la empresa Cuerda del Pozo S.L. En la sentencia a la que ha tenido acceso Heraldo Diario de Soria, la magistrada-jueza anula el procedimiento de contratación seguido en este expediente y retrotrae las actuaciones al momento en el que «se detectó el defecto subsanable» incurrido por la licitadora.
La mesa de contratación no dio traslado a la firma para que subsanase un error durante el proceso y aunque Cuerda del Pozo presentó varias alegaciones y recursos, estos no fueron contestados por el Ayuntamiento de la ciudad. El adjudicatario fue Andrés Escribano Hidalgo, quien se impuso a Andadera Servicios de Ocio y Hostelería.
El Juzgado Contencioso Administrativo da tres días al Ayuntamiento de Soria para la subsanación directa o mediante fórmulas a disposición de la mesa de contratación «que garanticen la objetividad y neutralidad del proceso». Contra la resolución cabe recurso de apelación en el plazo de 15 días ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ).
En su demanda, la firma pedía que todas las actuaciones municipales desde la mesa de contratación de 24 de noviembre de 2021 e incluidos tres acuerdos de la Junta de Gobierno Local fueran declarados nulos de pleno derecho y que se retrotrayeran todas las actuaciones hasta el momento en el que se detectó el defecto incurrido por Cuerda del Pozo y se diera tres días de plazo al licitador indebidamente excluido para su subsanación. Es esta última petición la que ha atendido la magistrada-jueza que, en cualquier caso, anula el procedimiento.
El Juzgado subraya que la administración es «la principal y única responsable de la forma en que se ha confeccionado y remitido el expediente electrónico» y añade que la «confusión» del mismo «dificulta la labor enjuiciadora de los tribunales y lo que aquí nos atañe, genera una evidente indefensión al interesado».
Señala un expediente «desordenado» en el que «resulta muy complicado averiguar qué información ha tenido en cuenta la administración para adoptar sus decisiones». «Y ello», continúa la sentencia, «desemboca en decisiones carentes de motivación, por falta de soporte documental».
«En estos casos de expedientes caóticos y desordenados estamos ante decisiones claramente inmotivadas», refleja la magistrada-jueza, «pues el hecho de que los documentos que sustentan los argumentos de la administración no puedan ser localizados con facilidad en el expediente administrativo, impide comprobar la veracidad de las afirmaciones de sendas administraciones personadas», en este caso el Ayuntamiento y la Junta de Castilla y León.
El juzgado rechaza que hubiera silencio administrativo ya que este «también será desestimatorio en los procedimientos de impugnación de actos», por lo que «el recurso de reposición formulado por la recurrente contra el acuerdo de 11 de marzo de 2022, al no haber sido resuelto en los plazos señalados legalmente, se entiende que fue desestimado».
Hay que recordar, además, en torno al bar restaurante de Playa Pita que el pasado mes de agosto un incendió destruyó por completo el chiringuito de madera. Los hechos se detectaron de madrugada y obligaron a intervenir a numerosos medios contra el fuego ante el riesgo evidente de que se expandiese. La causa esta de momento no ha sido resuelta, y se inició una investigación, según el parte oficial de la Junta.
Lo único totalmente comprobado entonces fue la práctica desaparición del chiringuito de Playa Pita consumido por las llamas. La estructura, construida en su mayor parte con madera, quedó reducida a escombros y cenizas. El edificio principal pudo salvarse en buena medida de la destrucción absoluta del inmueble general.