Heraldo-Diario de Soria

Legislación

La 'Ley de Nietos' dispara las peticiones de extranjeros en el Archivo Diocesano para ser español

La normativa, en vigor desde final de 2022, permite lograr la nacionalidad española a hijos y nietos de españoles nacidos en el extranjero. Antes de 2022 las solicitudes rondaban las 20 y en 2023 llegaron a 850

El responsable del Archivo Histórico Diocesano de Osma-Soria, Javier Clerencia.

El responsable del Archivo Histórico Diocesano de Osma-Soria, Javier Clerencia.MARIO TEJEDOR

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La entrada en vigor de la Ley de Memoria Democrática ha provocado que los archivos diocesanos estén desbordados. Fue el 19 de octubre de 2022 cuando la llamada 'Ley de Nietos' daba el derecho de solicitar la nacionalidad española a los nacidos fuera de España de padres o abuelos españoles que emigraron y encontraron una vida fuera de nuestras fronteras. La inmediata consecuencia de esta aprobación ha sido una avalancha de solicitudes de partidas sacramentales de extranjeros que buscan conseguir la nacionalidad española. Y el Archivo Histórico Diocesano de Osma-Soria no ha sido una excepción.

Antes de la entrada en vigor de esta ley en el Archivo Diocesano, ubicado en El Burgo de Osma, «se recibían únicamente una veintena de solicitudes al año de partidas sacramentales desde el extranjero, sobre todo, para la realización de árboles genealógicos», tal y como explica Javier Clerencia, responsable del archivo. Desde el 19 de octubre de 2022 hasta final de ese año «la cifra ascendió hasta el medio centenar» pero durante 2023 las peticiones se dispararon «hasta alcanzar las 850 solicitudes». Un incremento muy importante que ha supuesto una elevada carga de trabajo a mayores. Sin embargo, no todas estas peticiones recibieron una respuesta satisfactoria debido, sobre todo, a la inconcreción de los datos. De hecho, apunta Clerencia, «se enviaron 211 partidas. 150 solicitudes recibidas se derivaron a las parroquias donde se conserva la documentación solicitada y alrededor de un 60% de las solicitudes no se pudieron atender por la falta de información para la localización de las partidas solicitadas. Este año seguiremos en las mismas cifras, aunque aún no hemos realizado las estadísticas».

A pesar de la carga de trabajo que la Ley de Nietos ha producido en estas dependencias, Clerencia deja claro que «desde el Archivo Histórico Diocesano de Osma-Soria se realiza un esfuerzo por poder no solo responder sino resolver todas las solicitudes que recibimos, ya sea porque poseemos la información, ya sea porque se derivan a las parroquias que aun la poseen».

Pero, continúa el archivero, «por desgracia no siempre se pueden resolver positivamente las solicitudes ya que como he indicado alrededor del 60% no se pudieron atender por la falta de datos algo necesario para su localización».

Y es que, asegura Clerencia, «muchas solicitudes solo indican los nombres y apellidos y una fecha aproximada, pero sin una localidad exacta (en algunas indican la región ‘Castilla o Castilla la Vieja’, otras sólo la provincia ‘Soria’), lo que hace casi imposible su localización ya que en el archivo diocesano se custodian los libros sacramentales de más de 600 parroquias de toda la provincia (excepto 21 parroquias que se conservan en la parroquia de Ágreda)». Además, añade el responsable, «hay también casos en que los solicitantes solo saben que su familiar era de España, sin más. No tenemos indexadas las partidas sacramentales, como sí las tienen otras diócesis como las vascas, por lo que sin el dato de la localidad es como buscar una aguja en un pajar».

En cuanto a la procedencia de las peticiones, Clerencia explica que «las solicitudes llegan de casi todos los países de Iberoamérica, pero destacan Argentina, Cuba, Chile o Brasil». El archivero diocesano apunta que «las solicitudes la realizan mayoritariamente nietos o biznietos de los que emigraron a esos países, ya que lo pueden solicitar los nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela sean o hayan sido originariamente españoles o por cualquiera de los otros supuestos que permite la ley». En este punto subraya que «recurren a nuestros archivos diocesanos/parroquiales cuando no existe o no encuentran la inscripción de nacimiento en el registro civil, ya sea porque sean anteriores a 1871 (cuando se crean los registros civiles) o porque no se encuentran en los registros civiles u otras razones».

Javier Clerencia asevera que «casi la totalidad de las solicitudes se reciben a través del Archivo Diocesano, ya sea por correo postal, electrónico o por teléfono. Siendo el correo electrónico el medio más utilizado".

Una vez recibida la solicitud, continúa Clerencia, «se le contesta lo más rápidamente posible, ya sea enviando la certificación porque se ha encontrado, ya sea derivándole a la parroquia correspondiente si ésta conserva la información o solicitando más información que ayude a su localización».

Las solicitudes «varían mucho en fechas, aunque no tenemos los datos concretos, van entre 1850 y 1900». En este sentido, «como la totalidad de las solicitudes que recibimos datan de más de 100 años de antigüedad no hay ningún problema con la protección de datos», apunta Clerencia que es la única persona que trabaja en el Archivo Diocesano de manera continua aunque, añade, «un sacerdote viene una tarde a la semana para ayudar en la digitalización y de manera puntual contamos con el apoyo de algún voluntario».

El archivo diocesano conserva dos grandes grupos de fondos: fondos diocesanos y fondos parroquiales.

La documentación más antigua que se conserva en el AHDOS data del siglo XIII, pero la mayoría de la documentación está entre los siglos XVI y XIX.

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