Heraldo-Diario de Soria

Soria registra en dos años 26 sanciones a la Ley Antitabaco, pero arranca 2024 sin denuncias

Hasta el momento el nuevo Plan Antitabaco aprobado por el Gobierno a finales de abril no aplica la prohibición de fumar en terrazas al aire libre y marquesinas

Se incrementa el deseo de  abandonar el hábito de fumar en los sorianos. / VALENTÍN GUISANDE-

En 2024 no se han registrado denuncias. / HDS

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La Ley Antitabaco se salda con 26 sanciones en Soria desde 2022 pero ha arrancado el año ‘libre’ de denuncias, mientras espera la aplicación del nuevo Plan Antitabaco aprobado por el Gobierno central a finales del mes de abril con la prohibición de fumar en terrazas al aire libre y marquesinas. No obstante, sólo ocho del total se han interpuesto a establecimientos de hostelería, todos ellos bares de copas y ocio nocturno excepto uno, un restaurante. Multas que en total alcanzaron los 2.692,40 euros.

El resto de infracciones en materia de tabaco han sido en otros espacios diferentes a los de hostelería, carecer del cartel de prohibición de fumar, venta de vapeadores a menores de edad, así como de la falta del mecanismo de activación o puesta en marcha de las máquinas expendedoras por el titular del establecimiento, según indican los datos facilitados por el Servicio Territorial de Sanidad.

Lo cierto es que los locales de ocio nocturno siguen copando las infracciones graves a la Ley Antitabaco, vigente desde el 2 de enero de 2011, pese a que han pasado más de trece años desde que Sanidad prohibió fumar en los espacios públicos cerrados, incluyendo los locales de hostelería. Aunque en lo que va de año no se han registrado sanciones, todavía se sigue haciendo caso omiso a esta normativa, sobre todo los bares de copas, más ‘permisivos’ con el hábito tabáquico sobre todo por evitar desencuentros con clientes reacios a cumplir la ley.

Siete de las ocho denuncias a establecimientos hosteleros se dirigieron a bares de copas, todos ellos en Soria capital, y la última infracción se registró en un restaurante de Medinaceli, tal y como indican fuentes de la Delegación Territorial de la Junta en Soria.

Las ocho sanciones de tabaco a establecimientos hosteleros (cuatro en 2022 y otras cuatro en 2023) fueron infracciones graves, cuyo importe de la propuesta de sanción fue de 601 euros (la multa puede oscilar desde 601 euros hasta 10.000 euros, dependiendo de si el local ha sido reincidente en el incumplimiento de la Ley Antitabaco o no). No obstante, cuatro de ellos reconocieron los hechos y pagaron, de modo que la cuantía fue de 360,60 euros cada una. Las otras dos infracciones leves se sancionaron con 30 euros en el caso de infracciones por fumar. Uno de los interesados reconoció los hechos y pagó 18 euros.

Lo cierto es que se han reducido considerablemente las denuncias a locales de hostelería. De hecho, entre 2020 y 2021 Sanidad registró 14 expedientes sancionadores en materia de tabaco, con multas que ascendieron en su totalidad a casi 7.500 euros. En cuanto a la calificación de estas infracciones, seis de ellos se clasificaron como graves, que coincide con el sujeto activo de la conducta infractora, los titulares de los establecimientos donde está prohibido fumar, y cinco fueron leves, dirigidas a las personas que fuman y son debidamente identificadas en los lugares en los que existe prohibición.

Cabe recordar que las infracciones leves se castigan con una multa desde 30 a 600 euros, con las graves hay que pagar entre 601 y 10.000 euros, mientras que las muy graves la sanción puede elevarse hasta los 600.000 euros. En Soria no se ha registrado ninguna muy grave.

Son consideradas infracciones graves el hecho de habilitar zonas para fumar en establecimientos y lugares donde no esté permitida su habilitación, el permitir fumar en los lugares en los que existe prohibición, así como la acumulación de tres infracciones leves. También la comercialización, venta y suministro de cigarrillos, además de la entrega o distribución de muestras de cualquier producto del tabaco, sean o no gratuitas. Del mismo modo, es infracción grave la instalación de máquinas expendedoras de labores de tabaco en lugares expresamente prohibidos. Lo mismo en el caso de la venta o entrega a personas menores de 18 años de productos del tabaco o que imiten productos del tabaco e induzcan a fumar, así como de dulces, refrigerios, juguetes y otros objetos que tengan forma de productos del tabaco y puedan resultar atractivos para los menores, entre otras infracciones.

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