Heraldo-Diario de Soria

Tribunales

La Fiscalía de Soria pide 23 años por violación continuada y corrupción de menores

Sostiene que existe intimidación sobre la víctima, de menos de 16 años, y reclama también una indemnización de 35.000 euros por los daños morales sufridos

El juicio está previsto en la Audiencia Provincial de Soria el próximo 6 de junio.

El juicio está previsto en la Audiencia Provincial de Soria el próximo 6 de junio.Mario Tejedor Hernández

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La Fiscalía de Soria solicita una pena total de 23 años y medio de cárcel para el acusado de los delitos de agresión sexual con penetración a menor de 16 años con carácter continuado, corrupción de menores y obstrucción a la justicia. Por todos ellos, pide que entregue a la víctima una indemnización de 35.000 euros en concepto de responsabilidad civil por los daños morales sufridos. El juicio está previsto que se celebre el próximo 6 de junio en la Audiencia Provincial de Soria.

Según las calificaciones del fiscal, el procesado es autor de un delito continuado de violación previsto y penado en el artículo 181 del Código Penal, según la redacción de la reforma que entró en vigor en 2022. Éste hace referencia a los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima. Igualmente, indica que cuando el acto sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, el responsable será castigado con la pena de prisión de doce a quince años si existe violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad, por lo que la Fiscalía opta por la pena máxima y reclama para el encausado 15 años. También alejamiento a menos de 300 metros por 18 años y libertad vigilada tras salir de la cárcel durante 10 años.

En cuanto al delito continuado de corrupción de menores, el Ministerio Público pide una pena de seis años de prisión. Igualmente la máxima posible en este tipo de delitos recogido en el artículo 188, referido al «que solicite, acepte u obtenga, a cambio de una remuneración o promesa, una relación sexual con una persona menor de edad». La orden de alejamiento en este caso se solicita por nueve años, el mismo tiempo también para la libertad vigilada posterior. En las penas por ambos delitos se incluye la inhabilitación especial para cualquier profesión que conlleve contacto con personas menores de edad por un tiempo de 20 y 11 años, respectivamente.

El tercer delito que se atribuye al acusado es el de obstrucción a la justicia, y la Fiscalía pide que se le imponga una pena de dos años y seis meses de internamiento penitenciario, así como una multa de 5.400 euros.

El Ministerio Público aplica el artículo 464 referido al que intenta, con violencia o intimidación, influir directa o indirectamente «en quien sea denunciante, parte o imputado, abogado, procurador, perito, intérprete o testigo en un procedimiento para que modifique su actuación procesal».

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