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El Contencioso declara "ilegal" la quinta planta de Pajaritos II y obliga a su demolición en "dos meses"

"La infracción urbanística está viva y no puede estar ni un día más así", asegura el grupo municipal del PP parafraseando la sentencia. Cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia

Los concejales del PP Belén Izquierdo y Saturnino de Gregorio muestran la sentencia del Contencioso sobre la quinta planta.

Los concejales del PP Belén Izquierdo y Saturnino de Gregorio muestran la sentencia del Contencioso sobre la quinta planta.M.H.

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria declara ilegal la quinta planta del edificio de Los Pajaritos II y obliga a su demolición en el plazo de dos meses. Así lo recoge en la sentencia que dio a conocer el grupo municipal del PP, en la que el juez señala que "las obras ejecutadas por encima de la cuarta planta son manifiestamente ilegales".

"La infracción urbanística está viva y no puede estar así ni un día más", aseguró la portavoz del PP, Belén Izquierdo, en la lectura del fallo judicial, contra el que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Añade la sentencia que el Ayuntamiento de Soria está obligado a restituir el ordenamiento legal y por lo tanto a exigir la demolición de la quinta planta. 

"Suponemos que la empresa Domus Nebrija recurrirá el fallo, pero no entenderíamos que lo hiciera el Ayuntamiento. Ha de primar el interés público y no privado", añadió el concejal del PP Saturnino de Gregorio.

Éste detalló que la sentencia pone de manifiesto los intentos reiterados del Consistorio por legalizar una quinta planta que no estaba contemplada inicialmente en el proyecto, "hasta en cinco ocasiones", reiteró De Gregorio. "La sentencia tira de las orejas al alcalde y al técnico", matizó.

La sentencia ahora hecha pública por el Contencioso, referida al expediente de restitución de la legalidad, es sólo una parte del proceso judicial. Queda otra pendiente, por un recurso de la constructora a la sanción de 150.000 euros. Y en el ámbito administrativo, la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana para tratar de legalizar el proyecto, que cuenta sólo con la aprobación inicial y depende de la decisión de la constructora de continuar.

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