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La capital

El Procurador del Común insta a la capital a hacer un plan accesible del autobús urbano

 Tirón de orejas de la institución al Ayuntamiento de Soria al que pide nuevas actuaciones para evitar «cualquier situación que conlleve a la discriminación» en la utilización de los autobuses

Una mujer en silla de ruedas frente a una parada de autobús.MONTESEGUROFOTO

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Soria

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«Con la finalidad de seguir trabajando para evitar cualquier situación que conlleve a la discriminación en la utilización de los autobuses urbanos» del municipio de Soria, «se requiere la implementación de nuevas actuaciones específicas y eficaces en materia de accesibilidad (revisiones diarias de las rampas de acceso de todos los autobuses, mejores sistemas de mantenimiento, etc.) para garantizar de forma continua un funcionamiento cada vez más eficiente y eficaz de los mecanismos destinados al embarque y desembarque de todas las personas con dificultades de acceso, elaborando, si se considera necesario, un concreto plan de acción del transporte urbano fundamentado en criterios de accesibilidad universal». Así de contundente se muestra el Procurador del Común quien ha abierto una actuación de oficio sobre la accesibilidad de los vehículos de transporte público, centrado en algunos aspectos como las rampas de acceso.

Precisamente, esta misma semana Heraldo Diario de Soria publicó el testimonio de una vecina de la capital en la que denunciada la imposibilidad de que su madre pudiera acceder al transporte urbano, una circunstancia que tildó de «generalizada» y que afecta a otras personas de la ciudad.

La resolución del Procurador del Común está fechada en mayo y el Ayuntamiento de Soria, según fuentes de la institución regional, aún no ha contestado a la misma. El Procurador deja claro que «sin perjuicio de la necesidad de trabajar, a su vez, en la accesibilidad de los entornos de las paradas, garantizando que sus características sean las adecuadas para realizar el despliegue de las rampas de acceso de los autobuses, especialmente en el caso de las automáticas motorizadas».

El inicio de esta actuación, según explica el Común, se debe «al firme compromiso de esta Defensoría de promover las acciones públicas necesarias para la protección y defensa de la población con discapacidad». En este caso, en concreto, en relación con una de las condiciones de accesibilidad que debe reunir el transporte público urbano, como es la existencia de rampas destinadas al acceso de las personas con limitaciones de movilidad.

Explica que cada vez se tiene más presente la accesibilidad en la planificación de los diferentes sistemas de transporte, no sólo para el cumplimiento de los requerimientos de las normativas vigentes, sino porque se va asumiendo que la eliminación de barreras supone «indiscutiblemente» una mejora en la calidad del servicio, y subraya que en los últimos tiempos se vienen promoviendo servicios de transporte público (en particular, los autobuses urbanos) que incitan a los automovilistas a dejar sus coches, ofertando un medio accesible, eficaz y fiable para el conjunto de la población.

Añade, sin embargo, que la accesibilidad depende «de la distancia y de la facilidad» de desplazamiento desde el domicilio a la parada del autobús, y desde aquí hasta el destino final, incluyéndose la subida y la bajada del vehículo. En este contexto, el Procurador ha tratado de conocer para su resolución la situación de los mecanismos o sistemas de acceso a los vehículos de la flota del transporte urbano de la ciudad, desarrollando al respecto «las gestiones de investigación oportunas».

La institución acepta que la flota de buses urbanos cumple con lo establecido en el Real Decreto de 2007 para la accesibilidad y no discriminación, pero matiza que la accesibilidad real «no solamente depende del cumplimiento de la norma. Se puede decir que un autobús verdaderamente accesible solo es aquel que, además de cumplir con la normativa vigente, responda de forma eficaz a las expectativas de los usuarios, asegurando que la subida y bajada de los pasajeros se realice sin incidencias o riesgos. Lo que no queda garantizado cuando surgen problemas técnicos en su funcionamiento que rompen la cadena de desplazamiento. De poco sirve contar con sistemas de acceso si los mismos fallan o generan inseguridad en los usuarios».

Anima, además, a las autoridades municipales a promover «nuevos esfuerzos» para seguir mejorando las condiciones de su red de transporte urbano. Para ello considera que resulta necesario «revisar diariamente» sus mecanismos de acceso y realizar un «continuo mantenimiento» para que, en el momento en que el usuario demande su utilización, funcionen correctamente.

Subraya que los resultados de la implementación de nuevos avances en este sector se dejarán sentir en «una mayor comodidad del viaje y en un incremento de la velocidad comercial» al reducir el tiempo de embarque y desembarque de los usuarios. Estima que todo esto repercutirá en un incremento de la demanda del servicio de un modo directo (un transporte poco accesible reduce considerablemente el mercado de usuarios correspondiente a aquella población con problemas de movilidad), así como indirecto (mayor confort y tiempo de viaje para todos). Y es que la conclusión es que la demanda de viajes se ve «fuertemente condicionada por las facilidades que los usuarios encuentren a la hora de realizar los desplazamientos», y que por lo tanto se impone «ofrecer un servicio que llegue al mayor número de ciudadanos con las mejores garantías de seguridad, rapidez y comodidad es indispensable para vivir en una ciudad accesible para todos».

Concluye que acceso y uso habitual son conceptos clave para promocionar el cambio de actitud necesario y lograr que los medios de locomoción no sean un impedimento más en el desarrollo de las actividades ciudadanas», y en este sentido, «el transporte se considera uno de los pilares de una ciudad accesible» y que los requerimientos básicos de los usuarios con dificultades de desplazamiento son los mismos que los de las demás personas.