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Medio Ambiente lanza el Plan del Moncayo, paso previo para su declaración como parque natural

Con la publicación del borrador la Junta inicia la tramitación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra del Moncayo

Moncayo.HDS

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Soria

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La Consejería de Medio Ambiente ha publicado este viernes 30 de agosto el borrador del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del futuro Parque Natural del Moncayo, un acto administrativo previo que da un paso más para la declaración de este espacio.

Con este trámite se inicia la tramitación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra del Moncayo, tal y como indica el Bocyl, que determina los usos y actividades del monte que no difieren de lo que actualmente se realiza, ya que el espacio forma parte de la Red Natura y tiene dos figuras ya de protección: ZEPA (Zona Especial de Protección para las Aves) y ZEC (Zona Especial de Protección).

Durante la tramitación de este Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y hasta su aprobación definitiva, tal como establece el artículo 23 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, no podrán realizarse actos que supongan una transformación sensible de la realidad física y biológica que pueda llegar a hacer imposible o dificultar de forma importante la consecución de los objetivos de dicho Plan.

Con este objetivo, hasta la aprobación de dicho Plan no podrá reconocerse a los interesados la facultad de realizar actos de transformación de la realidad física, geológica y biológica, sin informe favorable de la administración competente en la declaración de espacios naturales.

El informe a que se refiere el apartado anterior deberá ser sustanciado por la Dirección General del Patrimonio Natural y Política Forestal en el plazo máximo de noventa días y tendrá carácter preceptivo y vinculante, proponiendo la autorización o denegación de la actividad o uso, y pudiendo establecer medidas

correctoras con relación a los mismos. El citado informe, siempre que sea posible, se integrará en aquellos otros previstos en la legislación sectorial o en los emitidos en cualquiera de los procedimientos ambientales que sean preceptivos.

Los límites del Plan, a los efectos de la aplicación del artículo 23 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, aparecen recogidos en el Anexo I de la presente Orden y afectan parcialmente a los términos municipales de Ágreda, Beratón, Cueva de Ágreda y Vozmediano, sin perjuicio de que en función de los estudios realizados en la elaboración de PORN, el límite del mismo pueda tener un ámbito diferente al inicialmente incluido en la presente Orden.

Los objetivos y contenidos del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra del Moncayo (Soria) serán los establecidos en el artículo 18 y 20, respectivamente, de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

La tramitación del mencionado Plan de Ordenación de los Recursos Naturales se ajustará a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León.