ABEJAR
Multa de 6.000 euros al Ayuntamiento por captación ilegal de agua para una nave
El suministro llegaba a una granja ganadera del anterior alcalde de la localidad Javier Romero
Una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ratifica la multa de 6.011 euros impuesta al Ayuntamiento de Abejar por la captación ilegal de agua para abastecer una nave ganadera, propiedad entonces del alcalde del municipio, Javier Romero, según informó ayer el concejal del PP Rafael Sanz.
La resolución requiere, además, el cese inmediato en la captación de aguas no autorizada, hecho que fue denunciado por la Confederación Hidrográfica del Duero en el año 2009, según la formación conservadora. A partir de la sentencia, que es firme y que supone una multa para el Ayuntamiento de Abejar de 6.011 euros más las costas, el portavoz del PP en el Ayuntamiento, Rafael Sanz, pidió explicaciones por escrito al equipo de gobierno, explicaciones que «no han sido contestadas».
«Nosotros nos negamos a que tenga que ser el Ayuntamiento de Abejar el que se haga cargo de la una multa de 6.011 y de las costas judiciales», señaló Sanz, quien recordó que «el PSOE lleva gobernando con mayoría absoluta el Ayuntamiento de Abejar desde hace 28 años, de los cuales Javier Romero ha estado al frente de la alcaldía 24 años».
Sanz explicó que el Ayuntamiento de Abejar es titular de una captación de aguas del arroyo Marquillos, de la que sale una arqueta y una tubería que derivan agua hasta un abrevadero metálico de una explotación ganadera de titularidad privada, propiedad del entonces alcalde de Abejar, Javier Romero, «una nave que también fue objeto de derribo y posterior reconstrucción por sentencia judicial, tras haber sido construida de forma ilegal».
El edil popular matizó que «hay que tener en cuenta que todo uso privativo de las aguas no incluido en el artículo 54 requiere concesión administrativa, una concesión que en esta caso no se otorga hasta el año 2013, cuatro años después de que la CHD interpusiera una sanción que ahora el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ratifica, condenando también a costas al Ayuntamiento de Abejar. De hecho, en la sentencia se afirma que la concesión debe ser previa al uso, de manera que la concesión de 6 de mayo de 2013 no convierte en legal todo el uso privativo realizado con anterioridad».
El alcalde de Abejar, Miguel Navas, explicó que la captación al mencionado arroyo fue realizado por el Servicio de Montes en su momento para beneficio del muncipio y de los ganaderos, si bien cuando se realizó la denuncia por la confederación el Ayuntamiento no tenía documentación de propiedad de dicha captación.
Sin embargo, ahora el Ayuntamiento ha legalizado la captación, según afirmó Navas, quien defendió el consumo en base «a la costumbre» como puede ocurrir en otros municipios.