El Burgo sube la ayuda de natalidad hasta los 500 euros por niño
El plazo para presentar las solicitudes es de tres meses desde el nacimiento o adopción del menor
El Ayuntamiento de El Burgo de Osma aprobará en Junta de Gobierno Local, una nueva convocatoria de ayudas a la natalidad. La cuantía de las ayudas de 2022 subirá hasta los 500 euros por niño, 200 más de los que estaban establecidos hasta la fecha.
El Ayuntamiento ha decidido mantener y ampliar esta medida para la reactivación de la natalidad. En el pasado ejercicio de 2021, un total de 22 familias se beneficiaron de estas ayudas. Para la partida de 2022, se han reservado 12.000 euros del presupuesto pero, si hay más familias que cumplen los requisitos, se ampliará el dinero destinado a las mismas.
Pueden solicitar la subvención las madres y/o los padres que hayan tenido un hijo y los adoptantes de niños de hasta los 6 años de edad durante el año 2022. En el caso de fallecimiento de los padres, pasará a tener la condición de beneficiario la persona que asuma la patria potestad o tutela del recién nacido o adoptado. Entre los requisitos para optar a esta convocatoria está que uno de los progenitores esté empadronado en el municipio durante los dos años anteriores al nacimiento o la adopción.
El niño también debe estar empadronado en el municipio desde su nacimiento o desde que se resuelva su adopción. Además, tanto uno el solicitante como el niño deben continuar empadronados en El Burgo durante los tres años posteriores; salvo en los casos en los que concurran circunstancias laborales o familiares, debidamente justificadas y acreditadas, que impidan esa continuidad del empadronamiento.
Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en las obligaciones tributarias con Hacienda, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento.
Las solicitudes deberán presentarse durante los tres meses siguientes al nacimiento o adopción. En el supuesto de nacimientos correspondientes al 2022, pero anteriores a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de las bases, el plazo de solicitud de la subvención será de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación. Se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o a través de la Sede Electrónica de la página web https://burgodeosma.sedelectronica.es/info.0 o por cualquiera de los procedimientos previstos del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.