Almazán
El BOP publica los 47.628€ de sueldo de Cedazo y los 39.600€ de la teniente de alcalde
Además, recoge las indemnizaciones de los ediles por asistencia a plenos y comisiones
El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado esta semana las decisiones adoptadas en el pleno extraordinario celebrado en el Ayuntamiento de Almazán el pasado 6 de julio respecto a las dedicaciones exclusivas y las indemnizaciones percibidas por asistencia a plenos y comisiones.
Así, el alcalde, Jesús Cedazo, contará con una retribución salarial en la misma cuantía que viene percibiendo en este año en curso mientras desempeñe el cargo en 47.628,42 euros brutos repartido en catorce mensualidades experimentando dicha cantidad el incremento retributivo que el Gobierno señale para el personal al servicio del sector público en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado o normativa sectorial aplicable.
Además, se establece también la dedicación exclusiva de la primera teniente de alcalde, Teresa Ágreda Cabo, fijando una retribución salarial de 39.600,00 euros brutos repartido en catorce mensualidades.
Además, el BOP también recoge diferentes indemnizaciones con efectos del 17 de junio del 2023, fecha de la constitución del Ayuntamiento, para los miembros de la Corporación que no ejerzan sus cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
Así, se establece una indemnización de 65 euros por asistencia a las sesiones de pleno la misma cantidad (65 euros) que se establece por la asistencia a las sesiones de la Junta de Gobierno. La cifra baja a los 35 euros por la asistencia a los Órganos colegiados. Además, por la asistencia a las sesiones de las comisiones informativas de carácter permanente también se fija una indemnización de 65 euros.
A los presidentes de las comisiones informativas y portavoces en el pleno se les indemnizará con la cantidad de 110 euros con un máximo de 30 indemnizaciones al año. En ningún caso ningún concejal podrá percibir más de 2 indemnizaciones diarias.
Además, con efectos de fecha de constitución de este ayuntamiento, se establece a favor de los diferentes grupos políticos municipales una dotación económica que asciende a 550 euros anuales por cada concejal o concejala electo así como 100 euros anuales por cada grupo político municipal.
Esta dotación no podrá ser destinada al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio del Ayuntamiento, ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial, y será objeto de una contabilidad específica que los grupos políticos pondrán a disposición del pleno de la Corporación.
Por último, se establece a favor de los miembros de la Corporación el derecho a ser indemnizados por los gastos realizados en el ejercicio del cargo, previa acreditación documental.